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BECAS DE POSGRADO

BECAS DE POSGRADO

Reglamento de otorgamiento de becas de posgrado y perfeccionamiento 2024

FUNDAMENTOS
— Promover la investigación en distintas áreas de especialidad en traducción e interpretación.
— Facilitar el acceso a los posgrados que se ofrecen en nuestro país a todos los matriculados del CTPCBA.
— Premiar la trayectoria y los años de perfeccionamiento constante de los traductores públicos matriculados.

ADJUDICACIÓN DE LAS BECAS
1. Extensión y naturaleza de las becas
a) Se adjudicará la cantidad de becas oportunamente fijada por el Consejo Directivo para cada año calendario, para realizar, a elección del matriculado, alguno de los programas de estudios de posgrado, perfeccionamiento, especialización o actualización en traducción o interpretación, investigación en traducción o interpretación y docencia de traducción o interpretación en universidades o en casas de estudio argentinas.
b) Toda beca tendrá una duración de un (1) año calendario (exclusivamente válida del 1.º de enero al 31 de diciembre del año de otorgamiento), con posibilidad de renovarla por un (1) año calendario seguido adicional en los casos de posgrados más extensos. La renovación podrá solicitarse solo para continuar el posgrado cursado con la beca oportunamente otorgada.
c) El otorgamiento de la renovación de becas para continuar los estudios iniciados en un primer año estará sujeto al presupuesto del CTPCBA para el ejercicio correspondiente y al cumplimiento, por parte del becario, de todos los requisitos establecidos en el convenio de otorgamiento de beca oportunamente firmado.
d) Quienes hayan resultado ganadores de las becas y deseen solicitar la renovación no tendrán que presentar nuevamente la documentación ni ser evaluados otra vez por el jurado, pero deberán presentar por escrito dicha solicitud hasta el 15 de marzo del año correspondiente a la renovación solicitada.
e) La aprobación de la solicitud de renovación estará sujeta al cumplimiento de las siguientes condiciones, sin excepción: que exista disponibilidad de fondos según el presupuesto aprobado para el ejercicio correspondiente, que el solicitante tenga la cuota anual del año en curso al día en el momento de la solicitud y que haya cumplido todas las obligaciones establecidas en el convenio de otorgamiento de beca oportunamente firmado.

2. Jurado de evaluación
a) El Consejo Directivo del CTPCBA convocará a un jurado para evaluar las postulaciones de los candidatos, según los méritos y las aptitudes que acrediten. El jurado será también el responsable de definir si el posgrado elegido es pertinente y cumple con las condiciones establecidas en el Reglamento. La composición del jurado solo podrá hacerse pública exclusivamente cuando se anuncien los resultados de los ganadores de las becas en alguno de los medios oficiales del CTPCBA.
b) El jurado realizará una evaluación de las postulaciones recibidas, asignará un puntaje a cada candidato y comunicará su evaluación al CTPCBA. A partir de esos puntajes, se establecerá un orden de mérito. Los ganadores serán aquellos postulantes que mayor puntaje reciban en cada categoría.
c) Ante el eventual empate de puntaje otorgado a dos o más postulantes, se solicitará al jurado que reevalúe las postulaciones para dirimir el otorgamiento, dando prioridad a aquellos matriculados que no hayan gozado de este beneficio con anterioridad.
d) Cualquiera de las postulaciones puede desestimarse por no cumplir con lo dispuesto en el presente Reglamento y bastará el dictamen de un solo miembro del jurado para su exclusión por este motivo. Cualquiera de las becas disponibles se puede declarar vacante si las postulaciones no tienen mérito suficiente, según criterio del jurado.
e) El CTPCBA será el encargado exclusivo de mantener todas las comunicaciones con los postulantes e informará a todos ellos si han resultado ganadores o no de la beca. Los postulantes no podrán comunicarse en ningún momento y por ningún motivo de forma directa con el jurado. Ante dicha eventualidad, sus postulaciones quedarán inmediatamente canceladas y no podrán resultar beneficiados.
f) Eventualmente, el jurado podrá requerir que se realicen entrevistas o la entrega de documentación adicional o complementaria para constatar los méritos alegados.
g) El jurado evaluará las postulaciones considerando los antecedentes en relación con el posgrado elegido por el postulante y los motivos por los cuales desea realizarlo. En consecuencia, la evaluación y el eventual otorgamiento de la beca se establecerán exclusivamente para el posgrado que el candidato menciona en su postulación, cuya pertinencia será evaluada también por el jurado. Una vez recibido el beneficio, el becario no podrá cambiar de posgrado, excepto que la institución que lo dicte deje de ofrecerlo o lo cierre por algún motivo. En dicho caso, deberá presentar al CTPCBA la comunicación formal de la institución en tal sentido y podrá cambiarlo por otro que sea necesariamente de temática similar.
h) La evaluación del jurado tiene carácter definitivo, confidencial e inapelable.

3. Términos y condiciones de la postulación
a) Se establecen dos categorías para postularse al otorgamiento de becas: categoría A, destinada a traductores con hasta cinco (5) años de matriculación; categoría B, destinada a traductores con más de cinco (5) años de matriculación.
b) En esta edición de las becas de posgrado, el Colegio otorgará tres (3) becas para cada categoría.
c) Podrán postularse para estas becas los inscriptos en la matrícula del CTPCBA que tengan al día el pago de la cuota anual del año en el que eventualmente pudieran ser beneficiarios de la beca a la que se postulan.
d) No podrán aspirar a las becas quienes tengan antecedentes de sanciones del Tribunal de Conducta o causas pendientes. Asimismo, tampoco podrán hacerlo quienes tengan condena en sede judicial por cuestiones vinculadas al ejercicio profesional que se hayan notificado al Colegio en el momento de la postulación. Quedarán excluidos los matriculados que, habiendo sido beneficiados con alguna beca anterior, hayan renunciado a ella sin aviso previo o hayan incumplido en algún punto o disposición el convenio de otorgamiento de beca oportunamente firmado. Tampoco podrán postularse los miembros del Consejo Directivo ni del Tribunal de Conducta.
e) El CTPCBA tomará a su cargo, durante el año calendario en que se encuentre vigente la beca, el costo de todo arancel de inscripción correspondiente al posgrado elegido por el becario, independientemente de los modos o las fechas de cursada.
f) Asimismo, el CTPCBA tomará a su cargo el costo de los trámites administrativos que pudiera establecer la universidad o casa de estudios para la obtención del título final del posgrado, aun cuando este trámite en particular tenga lugar fuera del año calendario del beneficio otorgado.
g) En todos los casos, el trámite de inscripción en el posgrado será responsabilidad del becario, según las pautas establecidas en el convenio de otorgamiento de beca.
h) Los becarios firmarán el convenio de otorgamiento de beca con el CTPCBA, en el que quedarán estipulados las condiciones, los derechos y las obligaciones que cada una de las partes asume respecto de la beca.
i) Los becarios se obligan, mediante la sola postulación, a usufructuar la beca eventualmente otorgada durante el año calendario en el que resultaron ganadores.
j) Los antecedentes que presenten los postulantes, así como toda otra información de la cual el jurado tome conocimiento, tendrán carácter confidencial y no se podrán utilizar para fines ajenos a estas actuaciones. Los antecedentes entregados por los postulantes que hayan resultado ganadores deberán permanecer en los legajos del Colegio y no podrán ser retirados.
k) Los postulantes a las becas deberán seguir obligatoriamente todas las indicaciones establecidas en el artículo 4 («Guía para la presentación de antecedentes») de este Reglamento. La falta de observación y cumplimiento de estas disposiciones será motivo suficiente de exclusión de la lista de aspirantes.
l) Los becarios deberán presentar a las autoridades del CTPCBA el informe de su desempeño académico con la correspondiente certificación (certificado analítico parcial o informe del director del posgrado) al terminar el período cursado correspondiente a la beca. Los detalles de esta presentación, como también el plazo para realizarla, se establecerán en el convenio de otorgamiento de beca. Los becarios se comprometen, mediante la sola postulación y la firma de este convenio, a realizar para el CTPCBA, a modo de devolución del beneficio obtenido, actividades o trabajos específicos sin derecho al cobro de retribución económica alguna, según lo que se establezca en dicho convenio.

4. Guía para la presentación de antecedentes
Se detallan a continuación los pasos para la presentación de antecedentes y la postulación para la beca:
a) En el momento de la postulación, el matriculado debe haber abonado la cuota anual de 2024.
b) Se deberá completar el formulario de becas de posgrado 2024, que incluye una guía para la postulación que especifica todo lo que se solicita antes de completarlo:
https://forms.gle/xw1zXArNZ9Bw4QjU8
c) La correcta recepción del formulario y la postulación será confirmada por el CTPCBA exclusivamente al correo electrónico declarado en el formulario.

5. Procedimientos para los preseleccionados
En el caso de resultar preseleccionado como beneficiario de la beca, deberá elegir alguna de las siguientes modalidades para presentar la documentación probatoria y convertirse en ganador de la beca.
Muy importante: Una vez seleccionada la modalidad de presentación de los antecedentes, no podrá cambiarse el procedimiento ni realizarse parcialmente en una y parcialmente en otra de las modalidades.
5.1 Modalidad presencial
El postulante preseleccionado deberá asistir a una reunión en la sede de Avda. Callao 289, 4.º piso, para lo siguiente:
a) Entregar un sobre o una carpeta con su nombre completo, con el título «Becas de posgrado», que deberá contener fotocopias de toda la documentación declarada en la postulación (por ejemplo, los diplomas referidos, facturas o comprobantes de los empleos, trabajos o cargos aludidos, etc.), en el mismo orden en el que aparece mencionada en el formulario. Este sobre o carpeta quedará en el archivo del CTPCBA y no se podrá retirar ulteriormente por ningún motivo. Si en el momento de presentarla la documentación está completa tal como aparece en el formulario, se convertirá en ganador de la beca y se procederá a lo indicado en el inciso b). Si, en cambio, falta alguna documentación, se le dará un nuevo plazo para entregarla. Si no está completa en esa segunda instancia, no podrá otorgarse la beca, que se le adjudicará al postulante que siga en el orden de mérito establecido oportunamente por el jurado.
b) Firmar el convenio de otorgamiento de beca correspondiente.

5.2 Modalidad a distancia
El postulante preseleccionado deberá enviar un correo electrónico a becasposgrados@traductores.org.ar en el que compartirá una carpeta en la nube (Google Drive, Dropbox, etc.) con el título «Becas de posgrado» y su nombre completo.
a) En dicha carpeta deberá colocar digitalizada toda la documentación declarada en la postulación (por ejemplo, los diplomas referidos, facturas o comprobantes de los empleos, trabajos o cargos aludidos, etc.), ordenada en subcarpetas con el mismo orden en el que aparece ordenado el formulario. Esta carpeta deberá permanecer durante dos meses como mínimo para que pueda quedar en el archivo del CTPCBA. Si la carpeta contiene toda la documentación completa tal como aparece en el formulario, se convertirá en ganador de la beca y se procederá a lo indicado en el inciso b). Si en dicha carpeta falta alguna documentación, se le dará un nuevo plazo para completarla. Si no está completa en esa segunda instancia, no podrá otorgarse la beca, que se le adjudicará al postulante que siga en el orden de mérito establecido oportunamente por el jurado.
b) El convenio de otorgamiento de beca se enviará por correo electrónico para que el beneficiario lo firme de manera digital. A su vuelta, será firmado por las autoridades del CTPCBA y cada parte conservará un original.

6. Llamado a presentación de postulaciones y fechas de notificación de los resultados
a) La presentación de postulaciones para las becas de posgrado 2024 podrá realizarse exclusivamente desde el 18 de diciembre de 2023 hasta el 18 de febrero de 2024 inclusive.
b) Los resultados de la evaluación serán comunicados por el CTPCBA a todos los postulantes a través del correo electrónico declarado durante la primera quincena del mes de marzo de 2024. Solo serán publicados oportunamente por el CTPCBA los nombres de los postulantes que hayan resultado ganadores.

7. Conocimiento y aceptación del presente Reglamento
a) Es facultad del Consejo Directivo del CTPCBA resolver todo tema que no se haya establecido expresamente en este Reglamento y que no sea competencia del jurado de evaluación.
b) La presentación de la solicitud de postulación implica el conocimiento y la aceptación de este Reglamento y el compromiso de cumplimiento de las obligaciones que de él resulten.

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