ACLARACIÓN SOBRE LO INFORMADO EN LA GACETILLA ANTERIOR SOBRE LOS COMPROBANTES CLASE «E»
La información de AFIP sobre la no emisión de los comprobantes «E», correspondía a las operaciones del mes de diciembre las cuales podían ser facturadas hasta las 8:00 del 3 de enero, A partir de las operaciones de enero, sigue lo establecido en la RG 3689/14 sobre la emisión de comprobantes clase «E» para las operaciones de exportación de servicios con la vigencia del Decreto 1201/2018.
CATEGORIZACIÓN COMO MICRO Y PEQUEÑA EMPRESA
El artículo 5 del Decreto menciona que, para las exportaciones de servicios efectuadas por las Micro y Pequeñas Empresas, tributarán el derecho de exportación quienes, en el año calendario, excedan la suma acumulada de USD 600 000. Aquellas que no superen el mencionado parámetro deberían categorizarse como micro y pequeñas empresas mediante la solicitud del formulario F1272 para la obtención del beneficio.
INSTRUCCIONES PARA GESTIONAR EL FORMULARIO
- Se ingresa en el sitio web de AFIP: afip.gob.ar/pymes.
- Se ingresa al portal de PyME.
- Se elige la opción «Quiero registrar mi PyME».
- Se acepta haciendo clic en el botón que indica «Registrarme», a través del cual lleva al usuario a la página de AFIP, donde se ingresa con el número de CUIT y la clave fiscal.
- Se elige la opción «Administrador de relaciones de clave fiscal».
- Allí se elige la opción «Adherir servicio».
- Se elige la opción AFIP, servicios interactivos, donde debe buscarse: «PyMES solicitud de categorización y/o beneficios».
- Habilitado el servicio, hay que volver a ingresar con clave y CUIT, buscar la opción «PyMES solicitud de categorización y/o beneficios».
- Se hace clic en la opción para aceptar en formulario F1272.
- Es importante verificar los datos si son correctos.
- Grabar y presentar.
La aprobación o rechazo de la categorización se informará por e-ventanilla, en el servicio de Domicilio fiscal electrónico.
Saludos cordiales.
CP Liliana A. Etchetto
Asesora Impositiva-Contable
CTPCBA
18/01/2019