AFIP: Registración de datos biométricos
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), mediante la Resolución 5336/2023, estableció un cronograma para la registración de los datos biométricos, que se había prorrogado debido a la restricción para circular en la pandemia ocasionada por la COVID-19. Los datos biométricos son características únicas de cada persona que facilitan su identificación y son obligatorios al utilizar los servicios de la AFIP. Quienes no hayan cumplido con su obligatoriedad podrán hacerlo de forma progresiva de acuerdo con el siguiente cronograma:
El trámite de la registración puede realizarse de forma virtual mediante la aplicación móvil Mi AFIP. Para poder hacerlo, se deberá bajar la aplicación al teléfono celular y allí seleccionar la opción «Datos biométricos» y seguir los pasos que se indican. En caso de no poder realizar la registración de forma virtual, se podrá solicitar un turno web para el trámite «Datos biométricos – Registro» desde el sitio web de la AFIP. Si se opta por este método, el día del turno se deberá concurrir a la dependencia de la AFIP con el documento de identidad; luego de realizar el trámite en la agencia y para que este quede validado, se deberá ingresar al sitio web con CUIT y clave fiscal, seleccionar el servicio «Aceptación de datos biométricos» y allí verificar la foto, la firma y el documento de identidad. Quienes ya hayan realizado el trámite no deberán hacer nada más, si pueden verificar los datos biométricos ingresando al servicio con su CUIT y clave fiscal.
Saludos cordiales.
Dra. Liliana Etchetto
Asesora impositivo-contable, CTPCBA